A los Sub Comités de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo – Sub CAFAEs
Conformación de Directorio
EL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR EDUCACIÓN – CAFAE-SE, recuerda a los Sub CAFAEs a nivel nacional lo siguiente:
1. Con R.M. N° 223-2025-MINEDU de 26 de mayo del presente año, se formalizó la aprobación del Texto Actualizado del “Reglamento Interno del CAFAE-SE y Sub CAFAE de los Trabajadores del Sector Educación”, que regula la organización, funciones y competencia del CAFAE-SE y por extensión de los Sub CAFAEs, el mismo que a la fecha se encuentra plenamente vigente.
2. A través de la R.M. N° 067-87-ED, se estableció tres supuestos claramente definidos en los que los Sub CAFAEs tendrán un Directorio, siendo uno de estos el siguiente:
“(…) Los Sub Cafaes, estarán integrados por:
b) En los Órganos de Ejecución Desconcentrados:
02 representantes de los trabajadores administrativos siendo uno de ellos representante de los trabajadores administrativos de los Centros y Programas Educativos.”
3. Ahora, se debe tener en cuenta que, mediante la Segunda Disposición Final del vigente Reglamento del CAFAE se establecieron reglas específicas para la conformación del Directorio de los Sub CAFAES de los Órganos de Ejecución Desconcentrada. Por dicho motivo el literal b) de la R.M. N° 067-87-ED ha quedado derogado. En ese contexto, la aplicación de la Segunda Disposición Final del vigente Reglamento del CAFAE aprobado por la R.M. N° 223-2025-MINEDU desvirtúa toda posible contradicción con la R.M. N° 67-87-ED.
Finalmente, agradecemos a los Sub CAFAEs a nivel nacional por el compromiso en el cumplimiento de las normas y disposiciones que regulan su funcionamiento en aras del logro de los objetivos y fines institucionales que persiguen.
PREGUNTAS FRECUENTES
Lima, 18 de setiembre de 2025
DIRECTORIO DEL CAFAE-SE